El Formulario Virtual N° 1649 es el medio oficial para que las empresas realicen la solicitud de devolución de saldos a favor a la SUNAT por conceptos como pagos indebidos o en exceso, y percepciones o retenciones del IGV no aplicadas.
Este documento digital, disponible a través de la Clave SOL, es el vehículo oficial para comunicar
Un llenado incorrecto es la principal causa de demoras y rechazos. Esta guía detalla el procedimiento técnico para completar cada sección del formulario de manera precisa, minimizando errores y agilizando el proceso de revisión.
Requisitos del Formulario
Antes de acceder a la Clave SOL, debasegúrese de tener la siguiente información y documentación validada.
Información Requerida:
Período Tributario (MM/AAAA): El mes y año exacto del saldo a solicitar. Código del Tributo: El código numérico del impuesto (ej. IGV: 1011). Monto Exacto: La cifra precisa del saldo a favor, sin redondeos. Código de Cuenta Interbancario (CCI): De una cuenta bancaria activa, en soles, y a nombre de la empresa (mismo RUC).
Documentación de Soporte:
Declaraciones Juradas Mensuales (PDT 621): Para contrastar los montos declarados. Registro de Compras y Ventas: Para verificar el origen del IGV (crédito fiscal, percepciones). Comprobantes de Percepción y/o Retención: Para justificar el saldo acumulado. Papeles de Trabajo: Hoja de cálculo con la liquidación detallada del saldo a solicitar.
Instrucciones de Llenado del Formulario Virtual 1649
Siga esta ruta y complete los campos como se indica a continuación para llenar la solicitud de devolución.
Acceso al Formulario
- Ingrese a SUNAT Operaciones en Línea con su Clave SOL.
- Siga la ruta: Mis Trámites y Consultas > Empresas > Otras Declaraciones y Solicitudes > Solicito Devolución > Devoluciones.
- Seleccione la opción «Devolución – Art. 3 R.S. 124-2003», que corresponde al Formulario Virtual N° 1649.
Sección I: Información de la Solicitud Esta sección define el motivo y el alcance de su solicitud.
- Campo «Tipo de Solicitud»: Seleccione la opción que describe el origen de su saldo. Las más frecuentes son:
- 02 – Pago Indebido o en Exceso: Utilizar solo si se realizó un pago duplicado o por un monto mayor al determinado en una declaración.
- 32 – Percepciones de IGV no Aplicadas: Para saldos generados por el 2% adicional cobrado por sus proveedores (Agentes de Percepción).
- 33 – Retenciones de IGV no Aplicadas: Para saldos generados por el 3% retenido por sus clientes (Agentes de Retención).
- Campo «Tributo»: Este campo se suele autocompletar. Verifique que el código y nombre correspondan. (Ej: 1011 – IGV CTA PROPIA).
- Campo «Período Tributario (MM/AAAA)»: Consigne el último período vencido en el que se consolida el saldo. En la normativa de IGV (RS 256-2004/SUNAT) se establece que para solicitar la devolución de percepciones/retenciones, se debe haber mantenido un saldo no aplicado por un plazo no menor a tres (3) meses consecutivos. El período a consignar es el del último mes de dicho plazo.
Sección II: Detalle de la Solicitud y Forma de Pago Aquí se consignan los montos y datos bancarios.
Campo «Monto Solicitado»: Ingrese el importe numérico exacto. Este monto debe coincidir con sus registros contables y ser consistente con sus declaraciones juradas.
Campo «Forma de Devolución»: La única opción es Abono en Cuenta.
Campo «Código de Cuenta Interbancario (CCI)»: Verifique el CCI registrado. Debe cumplir 4 condiciones:
- Titularidad: Pertenecer al RUC de la empresa solicitante.
- Moneda: Ser una cuenta en Soles (S/).
- Estado: Estar activa y sin restricciones.
- Tipo: No puede ser una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Si el CCI es incorrecto, debe actualizarlo primero en su Ficha RUC.
Procedimientos Post-Presentación
Siga esta ruta y complete los campos como se indica a continuación.
- Constancia de Presentación: Descargue y archive el documento PDF generado. El Número de Orden que contiene es el identificador de su expediente para cualquier consulta posterior.
- Buzón Electrónico SOL: Es el canal oficial de comunicación. Revíselo periódicamente para verificar la llegada de notificaciones, requerimientos de información o la resolución final. Los plazos para responder a los requerimientos son estrictos.
- Consulta del Expediente: Puede usar el Número de Orden para rastrear el estado de su solicitud en la sección de «Consulta de Expedientes» dentro del portal de SUNAT.
El correcto llenado del Formulario Virtual 1649 es un procedimiento técnico que depende directamente de la precisión de los datos consignados y de un sólido respaldo contable para tener una rápida respuesta a la solicitud de devolución.
Haz clic AQUÍ y contacta a un asesor.